Consumo

Punto de Información al Consumidor (PIC)

¿Cuáles son sus funciones?

Los PIC tienen como objeto la protección y defensa de los derechos de los consumidores y usuarios a través de procedimientos eficaces, como son la conciliación y mediación. Para conseguir este objeto, realizará:

  • Información, ayuda y orientación a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
  • Divulgación y fomento de los Sistemas Alternativos de Resolución Extrajudicial de los conflictos en materia de consumo: Conciliación, Mediación y el Sistema Arbitral de Consumo.
  • Recepción, registro y acuse de recibo de las reclamaciones, quejas y denuncias de las personas consumidoras y usuarias.
  • Tramitación y resolución a través de los sistemas alternativos de resolución de conflictos en materia de consumo, derivadas de problemas concretos en relación con deficiencias de calidad o irregularidades en la prestación de servicios o productos adquiridos, y seguimiento de las mismas para informar debidamente a las personas interesadas. Las consultas/reclamación podrán ser presentadas de forma presencial, telefónica, escrita o vía electrónica.
  • Elevar, a instancia de las partes interesadas, la solicitud de arbitraje a la Junta Arbitral de Consumo que corresponda por razón del territorio y/o materias, con información y documentación detallada y completa de la cuestión, o a cualquier otra instancia extrajudicial que correspondiera.
  • Poner a disposición de los usuarios de los PIC las campañas informativas que pudiera desarrollar el Departamento de Consumo y Participación Ciudadana, tendente a conseguir un mejor conocimiento por parte de las personas consumidoras y usuarias en relación sus derechos y obligaciones en materia de consumo.
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